¿Cómo es la normativa de placas solares en el 2022?

La normativa de placas solares en viviendas, el RD 244/2019, regula todo lo referente a modalidades, trámites y compensaciones; ha traído consigo novedades importantes referentes a la normativa de instalación de placas solares como son la simplificación de las tipologías de placas, el autoconsumo colectivo, la eliminación del impuesto al sol, y otras más, todo con la intención de favorecer y fomentar el incremento de la energía limpia, gratis e ilimitada, con una vida útil de aproximadamente unos 25 años y un retorno de inversión de dicha instalación a partir de los 5 años.
¿En qué nos favorece esta nueva normativa para instalar placas solares?
La publicación de este Real Decreto 2044/2019 sobre la legislación de paneles solares en España, nos ha traído cambios que nos favorece como clientes en la adquisición de este tipo de productos y, también, su objetivo final es promover una mayor cantidad de instalaciones con este tipo de tecnología. Entre los cambios que nos favorecen, tenemos varios aspectos que son interesantes:
Eliminación del impuesto al sol
Este impuesto fue eliminado de forma definitiva a inicios del año 2019, era un cargo por la energía autoconsumida, que se definía como un impuesto para poder usar energía solar, lo que, al transcurrir el tiempo, fue considerado como un impedimento para la transición ecológica hacia un consumo de energía sostenible, ya que dicho impuesto era totalmente contradictorio con los objetivos de la comunidad europea sobre el camino para alcanzar un desarrollo sostenible.
Dos tipos de instalación de autoconsumo: con excedentes y sin excedentes
Otra de las ventajas que nos trae consigo el RD en su normativa para la instalación de paneles solares es la simplificación de los tipos de autoconsumo, reduciéndolos a solamente dos categorías: autoconsumo con excedentes y, autoconsumo sin excedentes.
- Sin excedentes: se trata de un sistema antivertido, evitando que los excedentes de energía sean volcados a la red eléctrica. Es importante tener en cuenta que, este tipo de instalación, es totalmente distinta a la aislada, ya que esta si está conectada a la red, pero no comparte sus excedentes.
- Con excedentes: son las instalaciones con la capacidad de verter a la red de distribución, los excedentes generados por sus placas. Es relevante destacar que, no todas las instalaciones con excedentes pueden verter energía a la red, puesto que, para poder ser acogidas a la compensación, tienen que cumplir una serie de requisitos.
Surge la posibilidad del autoconsumo colectivo
El autoconsumo colectivo se denomina cuando un grupo de varios consumidores, previamente acordado, se alimentan de una misma fuente de energía eléctrica proveniente de instalaciones de producción próximas a las de su consumo y, a su vez, son instalaciones asociadas a estos. Según el RD, existen tres modalidades de autoconsumo colectivo:
- Con excedentes, acogido a compensación: los participantes reciben una compensación económica en modo de descuento en su factura (períodos de un mes).
- Con excedentes, no acogido a compensación: los participantes no reciben el descuento reflejado en su factura eléctrica, pero, en cambio, venden sus excedentes al mercado eléctrico.
- Sin excedentes: acuerdo entre participantes para tener un sistema antivertido, que impide que los excedentes sean transportados a la red eléctrica.
Desaparecen los límites de potencia
Anteriormente, estábamos limitados a instalar una potencia fotovoltaica que fuese inferior o igual a la potencia que teníamos contratada, ahora, con las novedades del RD, estos límites de potencia han desaparecido, ya no existen dichas limitantes.
Trámites simplificados
En comparación a los trámites existentes anteriormente para implementar una instalación fotovoltaica, actualmente son mucho más sencillos, reduciendo la complejidad a la hora de tomar la decisión de unirse al autoconsumo. Si te interesa informarte paso a paso de lo necesario, no dudes en contactarnos, te asesoraremos en todo lo que necesites.
Alquiler de tejados
Se permite la producción de terceros, es decir, ahora es posible alquilar tejados para la generación de electricidad y así poder compartir beneficios y también gastos de inversión entre diversas personas, facilitando aún más la adhesión al autoconsumo.
Requisitos para beneficiarse del autoconsumo colectivo
Para poder acogerse al autoconsumo colectivo, hay que cumplir previamente una serie de requisitos que mencionaremos a continuación:
- Todas las instalaciones tienen que pertenecer a la misma modalidad de consumo.
- Cada una de las personas responsables de las instalaciones, tiene que comunicar a la comercializadora y firmar el mismo acuerdo de repartición.
- Todos los integrantes deben tener iguales, los primeros 14 dígitos de su referencia catastral.
- Todas las instalaciones deben estar conectadas a un mismo centro de transformación de baja tensión (BT).
- La distancia máxima entre las diversas placas solares y sus respectivos consumidores debe ser de 500 metros.
Es importante señalar que, todos los vecinos deben estar de acuerdo y deben tener las mismas condiciones.
En conclusión…
Las nuevas actualizaciones relacionadas con el autoconsumo, nos favorecen como población y como cliente, ya que es una manera de promover el autoconsumo y que todos podamos aportar nuestro grano de arena para fomentar una energía limpia en el planeta, dándonos facilidades, en lugar de impedimentos, para así poder implementarlo en la mayor parte de la población.
Si no sabes por dónde empezar para unirte al autoconsumo, o te han quedado dudas, no dudes en contactarnos, te asesoraremos sin ningún tipo de compromiso, ¡contacta ya con nosotros y te pondremos en manos de los mejores instaladores!

Miguel Ángel Cascarano
Marketing y Comunicaciones | Periodista
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Miguel Ángel Cascaranohttps://es.meeco.net/author/mact17/
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